El 19 de febrero de 2021 se publicó el Reglamento que aprueba la Ley de Gobierno Digital, cuyo objetivo es regular las actividades de gobernanza y gestión de tecnologías digitales en las entidades de la Administración Pública y establecer los requisitos y uso de las tecnologías en el procedimiento administrativo. Incorpora y modifica también disposiciones del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales.

Resaltamos del Reglamento lo siguiente:

  • El Gobierno Digital comprende las tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicios digitales, datos, seguridad digital, arquitectura digital, los cuales se relacionan entre sí con la finalidad de mejorar la prestación de servicios, centrados en el ciudadano.
  • El Ciudadano Digital tiene el derecho de elegir la modalidad de relacionarse con la Administración Pública, por medios tradicionales o digitales. Asimismo, tiene el derecho a NO presentar ni aportar documentos que ya poseen las entidades públicas.
  • Se crea el Documento Nacional de Identidad Digital, emitido por RENIEC en dispositivos digitales, permite acreditar la identidad de su titular en entornos presenciales y no presenciales, y la creación de firmas digitales dentro del marco de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, , así como el ejercicio del voto en procesos electorales.
  • Se reconocen 3 modalidades de firmas electrónicas: simple, avanzada y cualificada (firma digital). En el caso de la última la carga de la prueba se invierte.
  • Se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (GOB.PE), para (i) acceder a la información del Estado Peruano de forma centralizada y (ii) presentar o recibir escritos, solicitudes y documentos electrónicos entre los ciudadanos y las entidades de la Administración Pública.
  • Las reuniones de funcionarios públicos con ciudadanos, pueden realizarse de manera presencial o no presencial, utilizando tecnologías digitales. Los documentos electrónicos firmados con cualquier modalidad de firma electrónica por las entidades públicas son válidos.
  • Se crea la Plataforma Nacional de Firma Digital, como la plataforma digital que permite la creación y validación de firmas digitales del marco de la Infraestructura Oficial de Firmas Electrónicas (IOFE).

 

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