Mediante el Decreto Supremo Nº 186-2021-PCM del 23 de diciembre de 2021 se modificaron las restricciones aplicables durante el Estado de Emergencia por la COVID-19.

 Los principales cambios son los siguientes:

  • Prórroga del Estado de Emergencia hasta el 31 de enero de 2022

  • Restricciones en fiestas

    • 24 de diciembre y 31 de diciembre de 2021, la inmovilización obligatoria será desde las 23 horas hasta las 04 horas del día siguiente, en las provincias de nivel moderado.
    • Se prohíbe toda reunión o evento social.
    • Los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, 01 y 02 de enero de 2022 queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas y alimentos en playas, ríos, lagunas y piscinas públicas a nivel nacional.
  • Niveles de alerta

    • 11 provincias cuentan con nivel de alerta alto: Bagua, Chepén, Concepción, Huamanga, Huancavelica, Santa, Sullana, Piura, Sechura, Talara y Virú
  • Acreditación de la vacunación 

    • La verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento del esquema completo de vacunación debe realizarse conjuntamente con un documento oficial de identidad.
  • Vacunación obligatoria 

    • Se amplía a toda persona que realice trabajo de manera presencial, independientemente del número de trabajadores de la empresa.
  • Pruebas PCR para pasajeros internacionales

    • La Autoridad Sanitaria podrá tomar pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, adoptando las medidas complementarias en casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria o que hayan realizado escala en estos lugares.
  • Restricciones en playas

    • Hasta el 16 de enero de 2022 -en provincias con nivel de alerta extremo- no se podrá hacer uso de las zonas de descanso colindantes con el mar, ribera de ríos o lagos.
  • Reducción de aforo:

    • En todos los niveles de alerta. El nivel máximo de ocupación se reduce al 60%.

 

El detalle de las medidas vigentes a partir del 15 de noviembre se indican a continuación:

¿Cuál es el Plazo del Estado de Emergencia?

Vigente hasta el 31 de enero de 2021.

¿Cuáles son los niveles de Alerta en cada provincia?

Existen 4 niveles de alerta: extremo, muy alto, alto y moderado.

  • Nivel Alto: Bagua, Chepén, Concepción, Huamanga, Huancavelica, Santa, Sullana, Piura, Sechura, Talara y Virú
  • Moderado: Todas las demás provincias del Perú

¿En qué horario está prohibido movilizarse?

Depende del nivel de alerta:

  • Moderado: Lunes a domingo desde 02:00 a las 04:00 horas
  • Alto: Lunes a domingo desde 23:00 a las 04:00 horas
  • Muy alto: Lunes a domingo desde 22:00 a las 04:00 horas
  • Extremo: Lunes a sábado desde 21:00 a las 04:00 horas y domingos 24 horas.

Por ejemplo, en Lima, no podrán circular vehículos ni personas solo entre las 2 y 4 de la mañana.

¿En qué casos sí podrían movilizarme durante ese horario?

  • Personas y vehículos relacionados a los servicios esenciales.
  • Servicios de restaurantes para entrega a domicilio y recojo en local.
  • Personal de prensa escrita y radial contando con pase personal laboral, DNI y credencial
  • Personas que requieran atención médica, adquisición de medicamentos o vacunación, incluyendo a un acompañante.

¿Qué medidas de protección debo aplicar de manera obligatoria?

  • Usar mascarilla, para circulación por vías públicas, en lugares cerrados o donde no se pueda mantener el distanciamiento: 1 KN95 ó 1 quirúrgica + 1 comunitaria (tela)
  •  Mayores de 18 años que quieran ingresar a espacios cerrados donde se desarrollen actividades económicas o de culto deben acreditar estar vacunados con dosis completa.

¿Cuáles son los requisitos para los centros de trabajo?

  • Las personas sólo podrán realizar actividad laboral presencial si acreditan su dosis completa de vacunación.
  • Cumplir con su Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la COVID19 en el trabajo, el que debe estar actualizado.
  • Transporte público y servicios de delivery: Choferes y cobradores sólo podrán operar si acreditan su dosis completa de vacunación.
  • Los establecimientos comerciales deben cerrar 1 hora antes del inicio de la inmovilización, salvo en el caso de Lima y Callao que deben cerrar 2 horas antes.

¿Cuáles son los requisitos para viajes de transporte interprovincial terrestre?

Pasajeros de transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación o si presentan una Prueba Molecular con resultado negativo, de un plazo no mayor a 72 horas.

Deben usar mascarilla y respetar los Protocolos correspondientes.

¿Cuáles son los requisitos para viajes aéreos?

  • Peruanos, extranjeros residentes y no residentes mayores de 12 años:Deberán:
    • Acreditar haber completado la dosis de vacuna contra la COVID 19, 14 días anteriores al abordaje; o presentar
    • Prueba Molecular con resultado negativo, de un plazo no mayor a 72 horas(antes de abordar)
  • En el caso de menores de 12 años, requieren encontrarse asintomáticos
  • Si la persona muestra síntomas al ingresar, deberá realizar cuarentena obligatoria.
  • La Autoridad Sanitaria podrá tomar pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, adoptando las medidas complementarias en casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria o que hayan realizado escala en estos lugares.

¿Existe alguna restricción para ingresar a Perú?

Sí. Se prohíbe a extranjeros no residentes, el ingreso desde la República de Sudáfrica y la República de Botsuana o que hayan realizado escala allí en el periodo de 14 días, hasta el 16 de enero de 2022.

Sí pueden ingresar los peruanos y extranjeros residentes, debiendo acreditar haber completado la vacunación + contar con una prueba molecular negativa de un plazo no mayor a 48 horas antes de abordar.

¿Se mantienen las restricciones focalizadas para los negocios y actividades?

Sí. Se reduce el aforo en todas las actividades, por ejemplo:

Moderado
Centros comerciales, tiendas por departamento60%
Supermercados, bodegas60%
Restaurantes y afines en zonas internas con área de más de 200 m260%
Restaurantes y afines en zonas internas con área de menos de 200 m260%

En el caso de actividades al aire libre en espacios abiertos, debe atenderse las medidas sanitarias específicas.

¿En qué casos se requiere la vacunación como requisito?

En los siguientes supuestos:

  • Personal médico, quienes deben contar con vacunación completa para cumplir con sus labores de manera presencial en el centro de trabajo.
  • Toda persona que realice actividad laboral presencial, deberá acreditar su dosis completa de vacunación (en el Perú o extranjero).
  • Transporte público y servicios de delivery: Choferes y cobradores sólo podrán operar si acreditan su dosis completa de vacunación.
  • Mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados donde se desarrollen actividades económicas o de culto. Se exceptúan las farmacias y bodegas.

La verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento del esquema completo de vacunación debe realizarse conjuntamente con un documento oficial de identidad.

Para mayor información puede contactar a: compliance@cpb-abogados.com.pe

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