Recientemente, el Indecopi publicó la Guía de Buenas Prácticas Contra la Discriminación por Identidad de Género (“la Guía”), con la finalidad de orientar a las empresas sobre el trato adecuado a los consumidores LGTBI en sus relaciones de consumo y en la publicidad. Al respecto, es importante tomar en cuenta que tanto nuestro Código de Protección al Consumidor – Ley N° 29571, como la Ley de Represión de la Competencia Desleal – Decreto Legislativo N° 1044 prohíben expresamente actos de discriminación contra los consumidores o actos que puedan inducir a los receptores de un anuncio publicitario a cometer actos de discriminación.
En ese sentido, los principales aspectos que aborda esta Guía orientativa para prevenir actos de discriminación en perjuicio de los consumidores por identidad de género y orientación sexual, son los siguientes:
- Se definen los conceptos empleados en el marco de la orientación sexual e identidad de género, como Identidad y Expresión de Género. Dichas definiciones deben ser tomadas en cuenta por el proveedor al momento de establecer sus relaciones de consumo en el mercado, y sus anuncios publicitarios.
- Los principios que se deben respetar al entablar una relación de consumo con una persona LGTBI son: el principio pro consumidor, el principio de buena fe y el principio de cultura organizacional integradora. Asimismo, se debe tener en cuenta que toda persona tiene derecho a disfrute universal de los derechos humanos, a la igualdad y no discriminación, y a la identidad de género.
- Se brinda recomendaciones para adoptar buenas prácticas empresariales contra la discriminación en los siguientes aspectos: Publicidad, Gestión de reclamos a través del Libro de Reclamaciones, Capacitación de personal y Atención al cliente. Sobre este último aspecto, se recomienda adoptar prácticas que eviten la discriminación en todas las etapas de la relación de consumo: etapa precontractual, etapa de venta y etapa de post venta.
Si bien la Guía tiene una finalidad orientativa, y no constituye un documento vinculante u obligatorio para los proveedores, contiene diversos criterios que pueden ser tomados en cuenta por el Indecopi al momento de fiscalizar o sancionar un eventual acto de discriminación.
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