El Indecopi se encuentra realizando numerosas fiscalizaciones a la publicidad que se efectúa a través de Influencers en las redes sociales, con el fin de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Represión de Competencia Desleal, que regula la actividad publicitaria.

En efecto, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi recientemente informó que ha iniciado 180 investigaciones preliminares a influencers peruanos desde el año 2020, de las cuales 65 aún continúan en trámite y algunas de ellas derivaron en el inicio de Procedimientos Administrativos Sancionadores por presuntos incumplimientos a la normativa, lo cual puede tener como consecuencia la imposición de multas de hasta un máximo de 700 UIT (equivalente a 3 millones con 220 mil soles) y de medidas correctivas de diversa índole. De la misma forma, la autoridad recalcó que se encuentra realizando un monitoreo constante de la publicidad difundida en medios digitales para verificar que esta se efectúe conforme a ley.

Sobre ello, es importante recordar que tanto el Influencer como la Empresa anunciante que patrocina el contenido pueden resultar responsables de verificarse una infracción a la Ley de Represión de la Competencia Desleal.

Teniendo en cuenta lo anterior, tanto las Empresas anunciantes como los Influencers deben verificar que el contenido patrocinado que se comparta en redes sociales cumpla con lo siguiente:

  • Se comunique la naturaleza publicitaria del contenido a los seguidores. Esto puede realizarse mediante la adición de etiquetas o hashtags como “#Publicidad”.
  • Si la publicidad es testimonial, además de lo mencionado en el primer punto, asegurarse que esta obedezca a una experiencia auténtica y reciente.
  • Se consignen las advertencias publicitarias específicas que correspondan de acuerdo al producto que se promocione. Por ejemplo, si se trata de un alimento procesado que supere los parámetros técnicos establecidos en la normativa de alimentación saludable, deben colocarse los octógonos informativos respectivos en la pieza publicitaria.

En ese sentido, recomendamos a las Empresas anunciantes:

  • Tener un contrato formalizado con sus Influencers, donde se indiquen sus obligaciones y se delimite la responsabilidad;
  • Aprobar cada contenido publicitario de forma previa a su difusión por parte del Influencer.
  • Supervisar la activad del Influencer en sus redes sociales para confirmar que el contenido que está publicando sea el aprobado por su empresa.

Para mayor información sobre el tema o para asesorarlos al respecto, pueden contactarnos al siguiente correo: iye@cpb-abogados.com.pe

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Xenia Vizcarra De Schäffler
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