Mediante el Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM se han aprobado nuevas medidas relacionadas al Estado de Emergencia. A continuación, los principales aspectos:

¿Seguimos en Estado de Emergencia?

Sí. Se declara el Estado de Emergencia desde el 28 de febrero de 2022 por 32 días calendarios.

¿Qué significa esto?

Que, durante este plazo, derechos como la libertad de reunión (reuniones sociales o de otro tipo), inviolabilidad de domicilio (ingreso a espacios privados) y otros se encuentran restringidos.

¿Cuáles son las medidas que aplican?

En general deben aplicarse las siguientes:

  • Distanciamiento social no menos de 1 metro
  • Uso de mascarilla
  • Espacios abiertos o ventilados
  • Evitar aglomeraciones
  • Priorización del trabajo remoto y horario escalonado para ingreso y salida del personal.

Entre otras.

¿Debo seguir usando mascarilla?

Sí, en lugares cerrados y vías públicas es obligatorio el uso de:

  • 1 mascarilla KN95; o
  • 1 mascarilla quirúrgica + 1 mascarilla de tela (comunitaria)

¿Es obligatoria la vacunación?

Sí, en los siguientes supuestos:

  • Personal del sector salud que realiza labores presenciales.
  • Choferes y cobradores de servicio de transporte público.
  • Choferes que brindan servicio de reparto (delivery)
  • Choferes de taxi y transporte privado de personal y turismo.
  • Toda persona que realice actividad laboral presencial.

Además de la vacunación completa, en el caso de los mayores de 40 años deben acreditar también la dosis de refuerzo.

¿Debo acreditar la vacunación para ingresar a espacios cerrados?

Sí. Los mayores de 18 años deben presentar su carné de vacunación + DNI para poder ingresar a espacios como centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, gimnasios, notar as, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.

Además de la vacunación completa, en el caso de los mayores de 40 años deben acreditar también la dosis de refuerzo.

¿Cuándo se entiende que se ha completado la vacunación?

Cuando se hayan completado las 2 dosis (o 1 sola en el caso de vacuna Johnson & Johnson).
Adicionalmente, para los mayores de 40 se requiere que cuenten con la dosis de refuerzo.
La vacunación puede haber sido colocada en Perú o en el extranjero.

¿Se mantienen los aforos para realizar actividades económicas?

No, la norma no hace referencia a aforos máximos. Conforme a declaraciones de autoridades del Ministerio de Salud, el aforo retornaría al 100%.

¿Existen restricciones de viajes?

Sí.

Transporte aéreo:

Internacional:
Mayores de 12 años deben acreditar vacunación completa o presentar prueba molecular negativa con resultado negativo no mayor a 48 horas.
Menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos.

• Nacional:
Mayores de 12 años deben acreditar vacunación completa (más refuerzo en caso de mayores de 40 años). Si no se ha completado vacunación, deben presentar prueba molecular negativa con resultado negativo no mayor a 48 horas.

Transporte terrestre:

Mayores de 12 años deben acreditar vacunación completa (más refuerzo en caso de mayores de 40 años); o en su defecto deben presentar prueba molecular negativa con resultado negativo no mayor a 48 horas.
Los pasajeros y choferes deben respetar las normas el uso de mascarilla y otros protocolos.

¿Se pueden realizar reuniones?

No. Se mantiene la restricción de realizar desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, políticos u otros. Solo se permiten ceremonias de carácter castrense y policial.

¿Se puede hacer uso de playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas?

Para hacer uso de estos espacios, los mayores de 12 años deben presentar su carné de vacunación + DNI, en el caso de mayores de 40 años deben acreditar dosis de refuerzo.

Los Gobiernos Locales, en coordinación con los Gobiernos Regionales pueden adoptar medidas adicionales.

¿Qué medidas existen para el ingreso a coliseos y estadios?

Los mayores de 12 años deben presentar su carné de vacunación + DNI, en el caso de mayores de 18 años deben acreditar dosis de refuerzo. Asimismo, debe respetarse el uso de mascarillas.

¿Quiénes controlan la aplicación de estas medidas?

Para el control pueden participar miembros de las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea) y de la Policía Nacional del Perú.
Asimismo, los gobiernos municipales, regionales y autoridades nacionales (como SUNAFIL y otros)

¿Qué medidas se han eliminado?

Además de los aforos se han eliminado medidas como el toque de queda, la prohibición de circulación de vehículos y el nivel de alertas por provincias.

Para mayor información puede contactarnos en compliance@cpb-abogados.com.pe

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