El 20 de abril de 2023, el Indecopi publicó el Proyecto de Guía sobre Publicidad Medioambiental (en adelante, el “Proyecto”), para que los anunciantes, consumidores y público en general emitan sus comentarios y aportes sobre este documento, el cual contiene lineamientos mínimos que se deben seguir al difundir publicidad ambiental y de sostenibilidad (en adelante, “Publicidad Verde”), con la finalidad de evitar mensajes tergiversados o exagerados respecto del impacto positivo en el medio ambiente de los productos y/o servicios que se ofrecen en el mercado; práctica comúnmente conocida como Greenwashing.

Algunos de los puntos más resaltantes del Proyecto son:

  • En materia de Publicidad Verde, los anunciantes deben tener en cuenta los siguientes principios: Sustanciación previa, Claridad, Pertinencia, Transparencia, y Comparación leal. Esto con la finalidad de evitar inducir a error a los consumidores respecto del impacto positivo en el medio ambiente que tendrían sus productos y/o servicios.
  • El anunciante debe tener en cuenta el significado de los términos medioambientales que utiliza, así como los colores, imágenes y, en general, la presentación del producto y/o servicio que ofrece. Asimismo, debe asegurarse que la información que traslada al consumidor a través de sus anuncios publicitarios sea accesible, y le permita conocer si alguna etapa del ciclo productivo del producto provoca algún impacto negativo en el medio ambiente.
  • Los anunciantes pueden incluir aseveraciones vinculadas a distintos parámetros específicos de protección del ambiente, en lo referido a Emisiones de carbono, Productos compostables, Productos degradables, Productos sostenibles, Productos y/o servicios ecoamigables, entre otros. No obstante, estas alegaciones solo serán lícitas si cumplen con los principios antes indicados.

Cabe precisar que el Proyecto no es un documento definitivo, por tanto, podrá ser modificado o actualizado por el Indecopi. En ese sentido, los agentes económicos y/o consumidores pueden brindar sus opiniones y comentarios sobre el Proyecto hasta el 15 de mayo de 2023 a través de un correo electrónico dirigido a consultas-ccd@indecopi.gob.pe

Finalmente, es importante recordar que las multas por incumplimiento de las normas de represión de la competencia desleal ascienden hasta un máximo de 700 UIT. Por tanto, es importante que los anunciantes tengan en cuenta los lineamientos propuestos por el Proyecto al momento de difundir publicidad medioambiental.

Para mayor información, asesoría, o cualquier consulta sobre el tema, contáctanos al siguiente correo: innovacion@cpb-abogados.com.pe

Ver Proyecto de Guía sobre publicidad medioambiental

Equipo

Xenia Vizcarra De Schäffler
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Victor Bosleman
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Ayrton Huaman
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