El 11 de marzo de 2023, se publicó la ley que modificó la Ley de la Persona con Discapacidad, con el objetivo de requerir a los establecimientos la implementación del sistema braille en servicios de restauración y servicios turísticos a nivel nacional.

Las principales modificaciones son las siguientes:

  • Las empresas que brinden servicios de restauración y servicios turísticos deben implementar el sistema braille en un porcentaje no menor del 5% del total de su oferta.
  • Para el cumplimiento de esta norma, se puede contar con el servicio de impresión de textos en el sistema braille ofrecido por la Biblioteca nacional, y las municipalidades.

Se indica igualmente que el poder ejecutivo aprueba o adecúa, en el plazo de 30 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente norma, los instrumentos normativos correspondientes a fin de cumplir con lo establecido en esta ley. Con lo cual dichos documentos podrían brindar mayor información sobre la forma de implementación de la presente ley

Esta Ley constituye una garantía legal para los consumidores con discapacidad, por tanto, su incumplimiento constituirá una infracción sancionable por el Indecopi, en caso de fiscalización o denuncias.

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