Este 5 de noviembre de 2022, fue publicado, en el diario oficial el peruano, la Ley N° 31601, mediante la cual incorpora algunas modificaciones en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, incorporándose el literal l) al numeral 1.1 del artículo 1 de dicho Código, referido a los derechos del consumidor.

Con esta incorporación, todo proveedor que ofrezca atención automatizada a través de “bots” es decir, asistencia digital o por inteligencia artificial, está obligado a ofrecer al consumidor, adicionalmente, la alternativa de ser asistido por una persona física, a su elección.

A continuación, el texto expreso de la incorporación:

 “1. Derecho de los consumidores 1.1 En los términos establecidos por el presente código, los consumidores tienen los siguientes derechos:

(…) l) Derecho a contar con opción o alternativa de atención personal cuando el proveedor ofrezca al público cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital.”

Adicionalmente, la ley entra en vigencia el 6 de noviembre de 2022, por lo que recomendamos a nuestros clientes que cuentan con “bots” implementar los cambios requeridos por esta nueva normativa.

Para mayor información, y asesoría al respecto, contáctanos a: iye@cpb-abogados.com.pe

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Xenia Vizcarra De Schäffler
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