El 18 de abril de 2024, el Pleno del Congreso, en primera votación, aprobó el dictamen recaído en los Proyectos de Ley N° 03428-2022-CR y N° 03739/2022-CR (“Dictamen”), por medio del cual se propone modificar la Ley N° 31143, Ley que protege de la usura a los consumidores de servicios financieros, en los siguientes aspectos:
- En los contratos de cuenta de ahorro y cuenta corriente no procede el cobro de comisión por transferencia bancaria a otra o desde otra entidad bancaria del sistema financiero.
- En el contrato de tarjeta de crédito no procede el cobro de comisión por pago de tarjeta de crédito a través de una entidad financiera o tercero distinto de la empresa con la que se contrató el producto.
Conforme al Dictamen, se encuentran excluidas de esta prohibición las transferencias bancarias y pagos de tarjeta de crédito que se realicen a través de una caja rural de ahorro y crédito, caja municipal de ahorro y crédito, caja municipal de crédito popular o cooperativa de ahorro y crédito. Asimismo, indica que los efectos de estas modificaciones no pueden limitarse ni alterar su carácter general con la aprobación previa de un reglamento, requisito o excepción alguna.
Finalmente, el Dictamen indica que su incumplimiento dará lugar a la respectiva sanción conforme a lo establecido en las normas correspondientes de la SBS.
Cabe precisar que, luego de transcurridos siete (07) días calendarios, el Dictamen será materia de una segunda votación por el Pleno del Congreso, en donde se determinará su aprobación como ley.
Puedes acceder al Dictamen aquí.
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